Hasta el 30 de noviembre para solicitar las ayudas por los daños de los incendios

Hasta el 30 de noviembre para solicitar las ayudas por los daños de los incendios

El Diario Oficial de Galicia publica una orden que establece las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas destinadas a paliar los daños causados por los incendios forestales que tuvieron lugar en Galicia durante el mes de octubre.

Categorías

Siete son las líneas de apoyo previstas:

  • Ayudas a entidades locales, establecimientos turísticos y asociaciones, entidades y clubes deportivos sin ánimo lucrativo (Capítulo II).
  • Ayudas para los daños personales: fallecimientos de personas y lesiones (Capítulo III).
  • Ayudas para Territorios Cinegéticos Ordenados (Tecor) (Capítulo IV).
  • Ayudas para sufragar gastos de alojamiento provisional de las personas afectadas por los fuegos, así como el coste de reparación de sus viviendas y mensaje doméstico (Capítulo V).
  • Ayudas a establecimientos comerciales, mercantiles e industriales afectados por los incendios (Capítulo VI).
  • Ayudas para la reparación de daños en explotaciones agrarias afectadas (Capítulo VII).
  • Ayudas dirigidas a entidades asociativas en el ámbito de la Consellería del Mar orientadas a mitigar los daños en bancos marisqueros (Capítulo VIII).

Apoyo para el ámbito agrario

En cuanto a las ayudas establecidas para las explotaciones agrarias, la concesión será en concurrencia no competitivo por rateo. Es decir, no se tendrá en cuenta el orden de presentación de las solicitudes y en caso de que el presupuesto disponible no sea suficiente, se repartirá de forma proporcional entre todas las solicitudes aprobadas.

La Consellería de Medio Rural fija los siguientes aspectos subvencionables:

  • Reparación de infraestructuras de titularidad privada: pistas forestales, captación de aguas, cerramientos, bebederos y comederos.
  • Arreglo de maquinaria y equipación forestal perjudicada en tareas de colaboración en la extinción de los incendios u ocasionados por los mismos.
  • Gastos de la madera acopiada quemada y de tala, así como a la recogida y astillado de la madera quemada no comercial.
  • Reparación de bienes, maquinaria, equipación o medios de producción de las explotaciones agrícolas o ganaderas.
  • Ayuda por la pérdida total o parcial de la producción agrícola.
  • Ayuda por la muerte de ganada o por la pérdida de colmenas.
  • Ayuda para la adquisición de alimentación complementaria para el ganado en extensivo o para las colmenas en las zonas afectadas (por un máximo de 3 meses).

Plazo de solicitud: finaliza el 30 de noviembre de 2017.

Resolución de las ayudas: concluye el 30 de enero de 2018.

Plazo de ejecución: hasta el 14 de septiembre de 2018.

Pincha aquí para ver la publicación completa en el DOG.

Fuente: campogalego.com

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